Garantías y seguros
El Decreto 1510 del 2013
Establece que la la entidad estatal en los pliegos de condiciones para la Contratación debe indicar las garantías que exige en cada etapa del contrato o cada periodo contractual
ART. 111. Clases de garantías.
Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
Contrato de seguro contenido en una póliza.
Patrimonio autónomo.
Garantía Bancaria.
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